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Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.
Real Decreto-ley 8/2011es-decree-law-2011-07-01-8
- Preamble Preámbulo
- Article 1 Inembargabilidad de ingresos mínimos familiares
- Article 2 Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
- Article 3 Regla de gasto de las administraciones públicas
- Article 4 Objeto
- Article 5 Ámbitos subjetivo y objetivo de aplicación
- Article 6 Importe máximo de endeudamiento
- Article 7 Requisitos para concertar las operaciones de endeudamiento
- Article 8 Plazos de vigencia de la línea financiera
- Article 9 Aprobación de las operaciones de endeudamiento: competencia
- Article 10 Obligación de comunicación de la operación de endeudamiento al Ministerio de Economía y Hacienda
- Article 11 Desarrollo de la operación de endeudamiento
- Article 12 Aplicación prevista en la Disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
- Article 13 Ámbito objetivo de aplicación de la retención a favor del Instituto de Crédito Oficial
- Article 14
- Article 15 Medidas de fomento a la producción de largometrajes
- Article 16 Uso de medios telemáticos para la solicitud y obtención de la certificación negativa de denominación
- Article ículos 17 a 22 Artículos 17 a 22
- Article 17 Actuaciones de rehabilitación
- Article 18 Realización de las actuaciones de conservación, mejora y regeneración
- Article 19 Sujetos legitimados para participar en las actuaciones de rehabilitación
- Article 20 Actuaciones a cargo de comunidades y agrupaciones de comunidades de propietarios y cooperativas de rehabilitación
- Article 21 Obligatoriedad de la inspección técnica de edificios
- Article 22 Efectos de la inspección
- Article ículos 23 a 25 Artículos 23 a 25
- Article 23 Silencio negativo en procedimientos de conformidad, aprobación o autorización administrativa
- Article 24 Declaración de obra nueva
- Article 25 Protección registral ante títulos habilitantes de obras y actividades
- Article 26 Sentido positivo del silencio administrativo
- Article 27 Registros
- Article 28
- Article 29 Modificación del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio
- Article 30 Modificación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación
- Article 31 Modificación de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido
- Article 32 Modificación de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental
- Article 33 Modificación de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera
- Article 34 Modificación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
- Provision adicional primera No asunción por el Estado de obligaciones contraídas por las Entidades locales
- Provision adicional segunda Régimen aplicable a los sistemas de Concierto y Convenio
- Provision adicional tercera Aplicación de la inspección técnica de edificios obligatoria
- Provision adicional cuarta Sentido negativo del silencio en determinados procedimientos administrativos
- Provision adicional quinta Informatización de registros en las Comunidades Autónomas y en las Entidades Locales
- Provision adicional sexta Sistema de Información Administrativa
- Provision adicional séptima Referencias en la legislación estatal a las licencias locales de actividad
- Provision transitoria primera Eficacia de las inspecciones técnicas ya realizadas
- Provision transitoria segunda Calendario para las inspecciones técnicas
- Provision transitoria tercera Régimen transitorio de los procedimientos administrativos
- Provision derogatoria unica
- Provision final primera Títulos competenciales
- Provision final segunda Datos del catastro
- Provision final tercera Entrada en vigor