Ley 23/1983, de 21 de noviembre, de Política Territorial.
Article 21
In force · version of Mar 1, 2012
Artículo 21.
El Consejo Ejecutivo, previo informe de la Comisión creada en el párrafo 5 del artículo 8, establecerá las pertinentes medidas de coordinación con los planes y con los programas de colaboración de la Generalidad con las corporaciones locales, así como con los planes y con los programas gestionados por las entidades locales supramunicipales.