Ley 5/1990, de 7 de junio, de Estadística de la Comunidad Valenciana.
Article 23
In force · version of Jan 1, 2021
Artículo 23.
Uno. Los datos que sirvan para la identificación de los informantes se destruirán cuando su conservación deje de ser necesaria para el desarrollo de las operaciones estadísticas.
Dos. En todo caso, los nombres y la dirección de los obligados a prestar información se separarán de los demás datos.