Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia.
Article 39
In force · version of Jun 16, 2001
Artículo 39.
Una vez elaborados los programas de actuación territorial se elevarán al Consejo de Gobierno para su aprobación, previo informe del Comité de Planificación Económica Regional y cualesquiera otros órganos consultivos con incidencia en la materia de que se trate.