Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Article 27Derecho supletorio sobre apoderamiento
In force · version of Oct 8, 2026
Artículo 27. Derecho supletorio sobre apoderamiento.
A falta de disposición expresa sobre las relaciones entre el poderdante y el procurador, regirán las normas establecidas para el contrato de mandato en la legislación civil aplicable.