Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Article 571Ámbito del presente Título
In force · version of Oct 8, 2026
Artículo 571. Ámbito del presente Título.
Las disposiciones del presente Título se aplicarán cuando la ejecución forzosa proceda en virtud de un título ejecutivo del que, directa o indirectamente, resulte el deber de entregar una cantidad de dinero líquida.