Ley 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
Article 49Organización y funcionamiento
In force · version of Jun 4, 2026
Artículo 49. Organización y funcionamiento.
Por decreto del Consejo de Gobierno se determinará el régimen de organización y funcionamiento del Consejo Asesor de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Principado de Asturias que, en todo caso, contemplará:
a) Los medios personales y materiales precisos para asegurar el correcto funcionamiento del mismo.
b) El funcionamiento en Pleno y en Comisiones que garantice la agilidad en la tramitación de los asuntos que así lo requieran. El Pleno del Consejo Asesor se reunirá, en sesión ordinaria, al menos una vez al trimestre.