Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
Article 40Comisión de cooperación e información registral
In force · version of Aug 22, 2024
Artículo 40. Comisión de cooperación e información registral.
Se crea en el Consejo Superior de Fundaciones la Comisión de cooperación e información registral, que estará integrada por representantes de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Dicha Comisión se encargará de establecer mecanismos para la colaboración e información mutua entre los distintos registros, en particular en lo relativo a las denominaciones y a las comunicaciones sobre la inscripción y, en su caso, la extinción de fundaciones.