Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.
Article 45
In force · version of Apr 23, 2025
Artículo 45. Parque público de viviendas.
El conjunto de las viviendas protegidas calificadas como viviendas de promoción pública constituye el parque público de viviendas cuya finalidad es atender las necesidades de vivienda de las personas y los grupos que cumplan con los requisitos que se establezcan reglamentariamente.