Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña.
Article 34Cooperación al desarrollo
In force · version of Jun 5, 2022
Artículo 34. Cooperación al desarrollo.
Las universidades deben fomentar programas de cooperación para el acceso a las universidades públicas de Cataluña de los estudiantes procedentes de países y pueblos en desarrollo, con el objetivo de contribuir al progreso y la mejora de dichos países, en el marco de la colaboración que a tales efectos se establezca.