Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña.
Article 42Tipología de personal académico
In force · version of Jun 5, 2022
Artículo 42. Tipología de personal académico.
El personal académico de las universidades públicas está integrado por el profesorado de los cuerpos docentes universitarios, por el profesorado contratado y por los investigadores propios y vinculados, contratados de acuerdo con la normativa vigente.