Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears.
Article 6
In force · version of May 1, 2026
Artículo 6.
El Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears elaborará un informe anual en el que incluirá una memoria de sus actividades, con una especial referencia al estado de las relaciones entre la Universidad y la sociedad. Esta memoria será remitida al Parlamento de las Illes Balears y a la Consejería de Educación y Cultura.