Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana.
Article 7Garantías
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Artículo 7. Garantías.
La transmisión de las viviendas de nueva construcción y las resultantes de la rehabilitación integral de edificios requerirá que el promotor haya constituido las garantías a favor de los adquirientes por daños materiales que puedan ocasionarse por vicios y defectos de la construcción conforme a la legislación de ordenación de la edificación.