Ley 3/2005, de 15 de junio, de Archivos.
Article 38Depósito de fondos en los archivos de las entidades locales
In force · version of Jul 3, 2026
Artículo 38. Depósito de fondos en los archivos de las entidades locales.
Los archivos de entidades locales podrán admitir en depósito o comodato, si la entidad lo acuerda con el titular respectivo, documentación de interés histórico o cultural de otras personas físicas o jurídicas.