Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
Article 49Ámbito de aplicación
In force · version of May 25, 2024
Artículo 49. Ámbito de aplicación.
1. Las prescripciones contenidas en este capítulo serán de aplicación al aire ambiente y a la contaminación introducida en él por sustancias, por luminosidad de origen artificial y por ruidos y vibraciones.
2. Queda excluido del ámbito de aplicación de esta ley:
a) La contaminación del aire en el interior de los centros de trabajo regulada por su legislación específica.
b) La contaminación del aire producida por todas las radiaciones no luminosas.