Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears.
Article 2Ámbito de aplicación
In force · version of Jun 14, 2026
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente ley se aplica a la actividad de transporte marítimo de pasajeros, de mercancías, o mixtos, en buques debidamente registrados y a cambio de una remuneración, sea directa o indirecta, con independencia de la finalidad que tenga. Por lo tanto, queda fuera del ámbito regulador el transporte con fines de recreo que se realice sin contraprestación económica.