Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.
Article 39El Servicio de Atención Sanitaria de Emergencia
In force · version of Aug 11, 2026
Artículo 39. El Servicio de Atención Sanitaria de Emergencia.
1. El Servicio de Atención Sanitaria de Emergencia estará integrado por el personal y los recursos, pertenecientes a la Generalitat o contratados por la misma, que preste sus funciones en situaciones de emergencia de índole sanitaria.
2. Corresponde a la conselleria competente en materia de emergencias sanitarias la regulación reglamentaria de la estructura, funcionamiento y organización de este servicio, siguiendo los principios marcados en la presente ley y en el resto de legislación de aplicación.