Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico.
Provision final duodécimaHabilitación para el desarrollo reglamentario
Disposición final duodécima. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Se habilita al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de lo previsto en esta Ley.