Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Article 22Hecho imponible
In force · version of Aug 5, 2026
Artículo 22. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible del impuesto la entrega o depósito de residuos para su eliminación en vertederos de la Comunidad Autónoma Extremadura, tanto públicos como privados.
2. Estarán sujetos al impuesto el abandono de residuos en lugares no autorizados por la normativa sobre residuos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se modifica el apartado 1 por el art. 21.2 de la Ley 4/2012, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-629