Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.
Article 38Otorgamiento de autorizaciones
In force · version of Jan 1, 2025
Artículo 38. Otorgamiento de autorizaciones.
1. La administración gestora de los montes demaniales someterá a autorización aquellas actividades que, con arreglo a la normativa autonómica, la requieran por su intensidad, peligrosidad o rentabilidad.
2. En los montes inscritos en el Catálogo de montes de utilidad pública, con carácter previo al otorgamiento de la autorización, será preceptivo obtener informe favorable de la Administración forestal, que en todo caso tendrá carácter vinculante.