Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Provision final decimosextaLey de promoción de la inclusión laboral de personas con discapacidad
Disposición final decimosexta. Ley de promoción de la inclusión laboral de personas con discapacidad.
El Gobierno, en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley de promoción de la inclusión laboral de personas con discapacidad, con el fin de establecer un nuevo sistema de promoción que ayude a la creación y mantenimiento del empleo de calidad de estas personas, previa consulta a las Comunidades Autónomas, a los interlocutores sociales y a las asociaciones más representativas de las personas con discapacidad y sus familias.