Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
Article 12Finalización de la situación de actuación temprana
Artículo 12. Finalización de la situación de actuación temprana.
Cuando la entidad de crédito deje de encontrarse en las circunstancias descritas en el artículo 6.1 de esta Ley, el Banco de España declarará finalizada la situación de actuación temprana.