Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
Article 18Base imponible
In force · version of Jul 1, 2026
Artículo 18. Base imponible.
1. Constituye la base imponible los metros cúbicos de residuos radiactivos de media, baja y muy baja actividad producidos, que han sido acondicionados para su almacenamiento con carácter temporal en el propio emplazamiento de la instalación.
2. La base imponible definida en este artículo se determinará para cada instalación en la que se realicen las actividades que constituyen el hecho imponible de este impuesto.
Se modifica por el art. 10.3 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2013-11331.