Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
Article 59Atribuciones de los vicepresidentes
In force · version of Jan 1, 2025
Artículo 59. Atribuciones de los vicepresidentes.
1. Los vicepresidentes sustituyen al presidente, siguiendo en su caso el orden que les atribuya su nombramiento, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
2. Corresponden a los vicepresidentes las funciones que les asigne el reglamento orgánico o las que les delegue el presidente.