Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte público de Cataluña.
Article 10Intermodalidad entre el transporte público y la bicicleta
In force · version of Mar 31, 2017
Artículo 10. Intermodalidad entre el transporte público y la bicicleta.
1. Los servicios de transporte público deben incorporar, siempre que técnicamente sea posible, el transporte gratuito de las bicicletas de los usuarios.
2. Las administraciones públicas deben promover la intermodalidad y la integración tarifaria entre los sistemas de bicicletas de uso público y el sistema de transporte público.