Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi.
Provision final quinta
In force · version of Dec 30, 2025
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardar.
Vitoria-Gasteiz, 7 de abril de 2016.
El Lehendakari,
Iñigo Urkullu Renteria.