Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia.
Article 2
In force · version of Jan 1, 2025
Artículo 2. Derecho al ejercicio de la pesca.
El derecho al ejercicio de la pesca en aguas continentales corresponde a toda persona que cumpla los requisitos exigidos al efecto en la presente ley y su normativa de desarrollo y no se halle inhabilitada para el ejercicio de la pesca, conforme a lo dispuesto en esta ley.