Provision únicaRecurso de inconstitucionalidad n.º 5463-2026, en relación con los artículos 4, apartados 2, solo en cuanto al inciso «evitando el enfrentamiento entre españoles», y 4; 16; 17; la disposición transitoria y la disposición derogatoria, de la Ley 4/2025, de 15 de octubre, de Concordia de Extremadura.
BOE-A-2026-19521 Recurso de inconstitucionalidad n.º 5463-2026, en relación con los artículos 4, apartados 2, solo en cuanto al inciso «evitando el enfrentamiento entre españoles», y 4; 16; 17; la disposición transitoria y la disposición derogatoria, de la Ley 4/2025, de 15 de octubre, de Concordia de Extremadura. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado Ir a contenido Consultar el diario oficial BOE Idioma actual: Castellano / es Puede seleccionar otro idioma: es / Castellano ca / Català gl / Galego eu / Euskara va / Valencià en / English fr / Français Buscar Mi BOE Desconectado. Pulse para acceder al servicio 'Mi BOE' Menú Menú Diarios Oficiales BOE BORME Otros diarios oficiales Información Jurídica Todo el Derecho Biblioteca Jurídica Digital Otros servicios Notificaciones Edictos judiciales Portal de subastas Anunciantes Datos abiertos Está Vd. en Inicio BOE Documento BOE-A-2026-19521 anterior siguiente Documento BOE-A-2026-19521 Recurso de inconstitucionalidad n.º 5463-2026, en relación con los artículos 4, apartados 2, solo en cuanto al inciso «evitando el enfrentamiento entre españoles», y 4; 16; 17; la disposición transitoria y la disposición derogatoria, de la Ley 4/2025, de 15 de octubre, de Concordia de Extremadura. Publicado en: « BOE » núm. 233, de 21 de septiembre de 2026, páginas 124118 a 124118 (1 pág. ) Sección: I. Disposiciones generales Departamento: Tribunal Constitucional Referencia: BOE-A-2026-19521 Otros formatos: PDF EPUB XML Texto TEXTO ORIGINAL El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de septiembre de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5463-2026, promovido por el Presidente del Gobierno, en relación con los artículos 4, apartados 2, solo en cuanto al inciso «evitando el enfrentamiento entre españoles», y 4; 16; 17; la disposición transitoria y la disposición derogatoria, de la Ley 4/2025, de 15 de octubre, de Concordia de Extremadura. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –16/07/2026–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros. Madrid, 8 de septiembre de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino. Análisis ANÁLISIS Rango: Providencia Fecha de disposición: 08/09/2026 Fecha de publicación: 21/09/2026 Suspende, desde el 21 de septiembre de 2026, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, y desde el 16 de julio de 2026, para las partes legitimadas. La inclusión de la Ley 1/2019, de 21 de enero, se establece por estar modificada por la Ley Ley 4/2025, de 15 de octubre. Referencias anteriores SUSPENDE la derogación de la Ley 1/2019, de 21 de enero (Ref. BOE-A-2019-1936 ). Recurso planteado en relación con el inciso indicado del art. 4.2, y los arts. 4.4, 16, 17, disposición transitoria y disposición derogatoria de la Ley 4/2025, de 15 de octubre (Ref. BOE-A-2025-21454 ). Materias Asistencia social Extremadura Inhumaciones Procedimiento administrativo Recursos de inconstitucionalidad subir Contactar Sobre la sede electrónica Mapa Aviso legal Accesibilidad Protección de datos Sistema Interno de Información Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid