Ley 1/2026, de 2 de julio, de creación de la entidad pública empresarial Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX).
Article 7Recursos económicos
Para el ejercicio de sus funciones, AGENEX contará con los siguientes recursos económicos:
a) Las dotaciones presupuestarias que anualmente le asigne la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma.
b) Los ingresos propios que perciba como contraprestación por las actividades que pueda realizar, en virtud de contratos, encargos, convenios o disposición legal.
c) Las ayudas y subvenciones autonómicas, nacionales y europeas.
d) Las transferencias corrientes o de capital que procedan de las Administraciones o entidades públicas.
e) Los recursos económicos que provengan de los bienes y valores que constituyen su patrimonio y los productos y rentas de dicho patrimonio y cualquier otro recurso que pudiera serle atribuido.
f) Las donaciones, legados, patrocinios y otras aportaciones de entidades privadas y de particulares.
g) Cualquier otro ingreso público o privado que pudiera corresponderle conforme a la legislación vigente.