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Ley 73 units

Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.

Ley 2/2026es-law-2026-08-03-2Aug 17, 2026

  1. Explanatory statemen Exposición de Motivos
  2. Article 1 Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
  3. Article 2 De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en las letras a) a f) del artículo 1.1 de la presente Ley
  4. Article 3 De los presupuestos de los entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1.2 de la presente Ley
  5. Article 4 De los beneficios fiscales
  6. Article 5 Modificaciones presupuestarias
  7. Article 6 Ampliaciones de créditos
  8. Article 7 Incorporaciones de créditos
  9. Article 8 Transferencias de créditos
  10. Article 9 Generaciones de créditos
  11. Article 10 Atribuciones a la Consejería competente en materia de hacienda
  12. Article 11 Otras normas de intervención
  13. Article 12 Normas específicas de procedimiento en materia de fondos europeos
  14. Article 13 Otras normas de procedimiento
  15. Article 14 Variación general de retribuciones
  16. Article 15 Retribuciones de la Presidenta, miembros del Consejo de Gobierno, Altos Cargos y asimilados
  17. Article 16 Régimen jurídico-retributivo del personal funcionario, estatutario y eventual de la administración de la Comunidad Autónoma, sus Organismos Autónomos y demás entes
  18. Article 17 Retribuciones del personal funcionario
  19. Article 18 Retribuciones del personal interino y eventual
  20. Article 19 Retribuciones del personal laboral
  21. Article 20 Retribuciones del personal docente no universitario y del personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud
  22. Article 21 Retribuciones del personal directivo del sector público autonómico
  23. Article 22 Disposiciones generales en materia de gestión retributiva
  24. Article 23 Retribuciones fijas y periódicas
  25. Article 24 Pagas extraordinarias
  26. Article 25 Trienios
  27. Article 26 Complementos personales transitorios
  28. Article 27 Limitación al incremento de costes de personal
  29. Article 28 Nombramiento de personal funcionario interino para la ejecución de programas de carácter temporal o por exceso o acumulación de tareas
  30. Article 29 Contratación de personal laboral temporal para la ejecución de programas de carácter temporal o por exceso o acumulación de tareas
  31. Article 30 Prohibición de ingresos atípicos
  32. Article 31 Personal transferido
  33. Article 32 Oferta de Empleo Público
  34. Article 33 Carrera profesional y planes de acción social
  35. Article 34 Necesidades laborales del sector público autonómico
  36. Article 35 Operaciones a largo plazo del Sector Administración General
  37. Article 36 Otras operaciones financieras
  38. Article 37 Endeudamiento de los entes del Sector Administraciones Públicas
  39. Article 38 Principio de concurrencia y exención de fianzas
  40. Article 39 Otras relaciones con las entidades financieras
  41. Article 40 Concesión de avales
  42. Article 41 Autorizaciones e informes
  43. Article 42 Otras normas
  44. Article 43 Convenios
  45. Article 44 Encargos a entidades que tengan la consideración de medio propio y servicio técnico
  46. Article 45 Transferencias globales y específicas
  47. Article 46 Publicidad de contratos públicos, concesiones de servicios, acuerdos de acción concertada o conciertos sociales, convenios, subvenciones y ayudas
  48. Article 47 Retención de operaciones a favor de entidades del sector público autonómico que no cumplan con el deber de información, o con las obligaciones en materia de endeudamiento y avales
  49. Article 48 Fondo Regional de Cooperación Municipal
  50. Article 49 Criterios de distribución del Fondo Regional de Cooperación Municipal
  51. Article 50 Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios
  52. Article 51 Programas de Colaboración Económica Municipal
  53. Article 52 Dotación de los Programas de Colaboración Económica Municipal
  54. Article 53 Régimen presupuestario de los Programas de Colaboración Económica Municipal
  55. Provision adicional primera Bonificación de determinados precios públicos
  56. Provision adicional segunda De la ejecución directa de obras, servicios y demás actividades a través de TRAGSA
  57. Provision adicional tercera Gestión de pagos a proveedores
  58. Provision adicional cuarta Enseñanza privada concertada
  59. Provision adicional quinta De los costes de personal de la Universidad de Extremadura en futuros ejercicios presupuestarios
  60. Provision adicional sexta Subvenciones a la formalización de pólizas de seguros agrarios combinados
  61. Provision adicional séptima Complemento extraordinario a la cuantía reconocida en concepto de pensión de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva
  62. Provision adicional octava Adquisición de la condición de personal laboral indefinido no fijo en ejecución de sentencia judicial
  63. Provision adicional novena Personal Directivo del Servicio Extremeño de Salud
  64. Provision adicional décima Medidas de mejora en la gestión de los fondos de recuperación comunitarios
  65. Provision derogatoria única Derogación normativa
  66. Provision final primera Modificación de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura
  67. Provision final segunda Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril
  68. Provision final tercera Modificación de la Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura
  69. Provision final cuarta Modificación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
  70. Provision final quinta Modificación de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura
  71. Provision final sexta Autorización para el desarrollo y ejecución de la ley
  72. Provision final séptima Entrada en vigor
  73. Annex UNICO