Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Article 92Amortización de adquisiciones
In force · version of Jan 2, 2016
Artículo 92. Amortización de adquisiciones.
El inmovilizado de la Seguridad Social deberá ser objeto de la amortización anual, dentro de los límites que fije el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, con arreglo a los principios y procedimientos establecidos en el Plan General de la Contabilidad Pública.
Se modifica por el art. 70 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29117.