Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Article 106Daños morales complementarios por perjuicio estético
In force · version of Jul 26, 2025
Artículo 106. Daños morales complementarios por perjuicio estético.
1. Se entienden ocasionados los daños morales complementarios por perjuicio estético cuando este ha recibido una puntuación que alcance al menos treinta y un puntos.
2. La extensión e intensidad del perjuicio estético y la edad del lesionado constituyen los dos parámetros fundamentales para su cuantificación, sin que pueda tenerse en cuenta la afectación en sus actividades.
3. Este perjuicio se cuantifica mediante una horquilla indemnizatoria que establece un mínimo y un máximo expresado en euros.
Se modifica el apartado 1 por el art. 1.30 de la Ley 5/2025, de 24 de julio. Ref. BOE-A-2025-15424#ap
Téngase en cuenta para su aplicación lo establecido en la disposición final 9.1.c) de la citada Ley.
Se añade por el art. único.7 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-10197.