Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.
Article 2
In force · version of May 24, 2015
Artículo 2.
1. La función pública de Galicia se desarrollará de acuerdo con el ordenamiento jurídico conforme a los principios de legalidad y eficacia.
2. El personal de la Administración autónoma desempeñará sus funciones al servicio de los ciudadanos y de los intereses generales de Galicia con criterios de objetividad, profesionalidad e imparcialidad.