Ley de Sociedades de Capital
Article 11
In force · version of Apr 3, 2025
Artículo 11. Sucursales.
1. Las sociedades de capital podrán abrir sucursales en cualquier lugar del territorio nacional o del extranjero.
2. Salvo disposición contraria de los estatutos, el órgano de administración será competente para acordar la creación, la supresión o el traslado de las sucursales.