Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos propios.
Article 58Cuota íntegra
In force · version of Jan 1, 2021
Artículo 58. Cuota íntegra.
La cuota íntegra será el resultado de aplicar a la base imponible la siguiente escala de gravamen:
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Base imponible – Hasta euros |
Cuota íntegra – Euros |
Resto base imponible – Hasta euros |
Tipo aplicable – Porcentaje |
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150.000.000 |
0,3 |
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150.000.000 |
450.000 |
450.000.000 |
0,4 |
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600.000.000 |
2.250.000 |
En adelante |
0,5 |
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de este precepto desde el 29 de abril de 2015 para las partes en el proceso y desde 15 de mayo de 2015 para los terceros, por providencia del TC de 12 de mayo de 2015, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 2464/2015. Ref. BOE-A-2015-5370.