Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos propios.
Article 73Supuestos de no sujeción
In force · version of Jan 1, 2021
Artículo 73. Supuestos de no sujeción.
No están sujetos a este impuesto los consumos correspondientes a los siguientes usos:
a) La utilización del agua que hagan las entidades públicas para la alimentación de fuentes públicas, bocas de riego de espacios públicos, de extinción de incendios y los ordenados por las autoridades públicas en situaciones de extrema necesidad o de catástrofe, con los límites y condiciones establecidas reglamentariamente.
b) El suministro en alta a otros servicios públicos de distribución de agua potable.