Annex UNICO
Procedimiento para la revisión de la Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave
1. Responsable de su elaboración: Ministerio del Interior.
2. Estructura funcional:
a) El Ministerio del Interior iniciará el proceso de elaboración de la nueva estrategia. Será apoyado por el Departamento de Seguridad Nacional en su condición de Secretaría Técnica y órgano de apoyo del Consejo.
b) Las comunidades y las ciudades autónomas participarán en el proceso a través de la Conferencia Sectorial para Asuntos de la Seguridad Nacional.
c) Se recabarán aportaciones de aquellos expertos procedentes de la sociedad civil, el sector privado y el académico que, por su conocimiento y formación científico-técnica en la materia, contribuyan a la mejora de los contenidos de la estrategia.
3. Mandato: realizar una revisión de la Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave con arreglo a las fases y las directrices que a continuación se determinan.
4. Fases del proceso de elaboración:
a) El Ministerio del Interior impartirá las directrices oportunas para la constitución, organización y funcionamiento de un grupo de trabajo constituido al efecto que, bajo el liderazgo del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO) de la Secretaría de Estado de Seguridad, será el encargado de la realización de los borradores de la Estrategia que se estimen pertinentes.
b) El borrador será enviado a la Conferencia Sectorial para Asuntos de la Seguridad Nacional con el fin de recabar las aportaciones de las comunidades y ciudades autónomas al texto de trabajo.
c) De forma simultánea, se contará con la colaboración de expertos independientes, compuesto por representantes de los sectores público y de la sociedad civil, a los efectos de enriquecer los contenidos con su conocimiento y experiencia.
d) Finalmente, el borrador definitivo será elevado como propuesta de la nueva Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave al Consejo de Seguridad Nacional para su aprobación.
5. Directrices de elaboración:
La elaboración de la nueva Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave:
a) Desarrollará el análisis de contexto en el ámbito de la lucha contra el crimen organizado y la delincuencia grave que la Estrategia de Seguridad Nacional 2021 articula.
b) Evaluará los riesgos y las amenazas contenidos en la Estrategia Nacional contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave para su actualización, reconfiguración, eliminación de aquellos factores que se consideren poco relevantes o incorporación de aquellos otros que resultes procedentes.
c) Tendrá como objetivo principal minimizar las consecuencias negativas asociadas a ambas figuras delictivas, poner a disposición judicial a los criminales, desarticular a los grupos existentes y prevenir la aparición de otros nuevos, y estará alineada con las prioridades de la UE e iniciativas internacionales sobre la materia.
d) Irá debidamente acompañada de indicadores de rendimiento que permitan evaluar el grado de consecución de cada medida concreta.
e) Será concebida y redactada con el ánimo de alcanzar el consenso más amplio posible.
f) Deberá ser acompañada de la necesaria divulgación, toda vez que resulta prioritario acercar esta materia a la sociedad en general. Una Seguridad Nacional eficaz requiere tanto la sensibilización social de los ciudadanos como la participación de sus representantes.
6. Tramitación de este acuerdo.
El contenido de este acuerdo será tramitado por el Departamento de Seguridad Nacional en calidad de Secretaría Técnica y órgano de trabajo permanente del Consejo de Seguridad Nacional. Análisis
ANÁLISIS
Rango: Orden Fecha de disposición: 14/04/2024 Fecha de publicación: 16/04/2024 Fecha de entrada en vigor: 16/04/2024 Referencias posteriores Criterio de ordenación: por contenido por fecha SE DICTA EN RELACIÓN, y publica el Acuerdo para la elaboración de una nueva Estrategia Nacional: Orden PJC/846/2025, de 29 de julio (Ref.
BOE-A-2025-16215
). Referencias anteriores DE CONFORMIDAD con el art. 24.1.e) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre (Ref.
BOE-A-1997-25336
). EN RELACIÓN con la Orden PCI/161/2019, de 21 de febrero (Ref.
BOE-A-2019-2442
). Materias Consejo de Seguridad Nacional Defensa Nacional Delincuencia organizada Ministerio del Interior Organización de la Administración del Estado Seguridad ciudadana subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid