Orden HAC/350/2024, de 17 de abril, por la que se fijan las cantidades de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024.
Article 1Importe de las subvenciones
De acuerdo con el artículo 227.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, en redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, las cantidades fijadas para subvencionar los gastos originados por las actividades electorales para las elecciones al Parlamento Europeo de 9 de junio de 2024, serán las siguientes:
a) Subvención de 32.508,74 euros por cada escaño obtenido.
b) Subvención de 1,08 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidatura, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado.