Annex section primeroApartado primero. Ejecución subsidiaria del abandono definitivo
Acordar la ejecución forzosa por medio de la ejecución subsidiaria del abandono definitivo de los pozos del campo y del desmantelamiento de las instalaciones remanentes afectas a la concesión de explotación de hidrocarburos «Lora», en aplicación de lo establecido en el Real Decreto 54/2017, de 27 de enero, por el que se deniega la solicitud de prórroga de la concesión de explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominada «Lora» (Burgos), como consecuencia del incumplimiento por parte de la concesionaria de sus obligaciones en relación con el abandono y desmantelamiento definitivo del campo. A estos efectos, el apercibimiento se ha realizado en dos ocasiones por medio del requerimiento de 19 de enero de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, así como por medio de la Orden TED/998/2022, de 14 de septiembre, por la que se extingue la concesión de explotación de hidrocarburos denominada «Lora», otorgada por el Decreto 3311/1966, de 29 de diciembre.
Annex section segundoApartado segundo. Actuaciones para la realización de las tareas de abandono
Efectuar urgentemente las actuaciones requeridas para el diagnóstico del estado actual de las instalaciones afectas a la concesión, la actualización del Plan de abandono y las tareas necesarias para la ejecución del anterior, todo ello a costa del obligado, con el fin de proceder al abandono y desmantelamiento definitivo de las instalaciones de la concesión de explotación de hidrocarburos «Lora» tras el fin de su vida útil.
Annex section terceroApartado tercero. Eficacia
Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes desde su notificación a los interesados ante el mismo órgano que lo dictó. Madrid, 18 de abril de 2024.–La Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, P. D. (Orden TED/533/2021, de 20 de mayo), la Secretaria de Estado de Energía, Sara Aagesen Muñoz. subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid