Orden CNU/462/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas destinadas al "Programa Tecnológico Espacial" y al apoyo de la cooperación tecnológica internacional en el ámbito de la salud ("Proyectos Multi-país"), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTEs Aeroespacial y de Salud de Vanguardia) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 del "Programa Tecnológico Espacial".
Article 49Instrucción y evaluación
1. La instrucción y evaluación de las solicitudes se realizará según lo previsto en los artículos 19 a 21 de la presente orden.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, el órgano instructor efectuará una pre-evaluación de las solicitudes, a efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos para adquirir la condición de beneficiario. En caso de que en esta fase se produzca la exclusión de algún miembro de la agrupación, se desestimará la solicitud de ayuda de la agrupación, previo trámite de alegaciones, y, por consiguiente, la solicitud no será evaluada.
3. La evaluación de las solicitudes presentadas se realizará por la Comisión de Evaluación prevista en el artículo 20.4.a) de la presente orden, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 21.1.a) de la misma.
Previamente, las solicitudes serán objeto de informe de evaluación por CDTI, que contará con la colaboración de la AEE de conformidad con lo previsto en el artículo 19.1 que atenderá a los criterios de evaluación 1 y 2, mientras que el CDTI valorará los criterios 3, 4 y 5. Ambas evaluaciones se integrarán en un único informe, que será remitido a la Comisión de Evaluación. Sin perjuicio de lo expuesto, el órgano instructor también podrá recabar informes de valoración de expertos independientes, en particular, en casos de posible conflicto de interés.
4. La Comisión de Evaluación, con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 21.1.a) de la presente orden, emitirá un informe final en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada y la ayuda propuesta y lo remitirá al órgano instructor al objeto de que éste formule la propuesta de resolución provisional.
Dicho informe establecerá una prelación de las solicitudes, ordenándolas individualmente o por categorías, siempre que, en este último caso, proporcionen un juicio inequívoco para su selección
5. Asimismo, la Comisión de Evaluación propondrá la distribución del presupuesto disponible de la convocatoria, diferenciando, en su caso, entre el presupuesto reservado entre las áreas temáticas y para PTE-P en el área «Maduración de tecnología espacial bottom-up», según lo establecido en el artículo 41 de la presente convocatoria.