Orden JUI/506/2024, de 20 de mayo, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de delegación de competencias.
Article 10Delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia
Se delega por la persona titular de la Secretaría de Estado de Juventud e Infancia en la persona titular de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia el ejercicio de las siguientes competencias:
a) Las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado Juventud e Infancia en materia de contratación en relación con aquellos contratos celebrados tanto con cargo a su servicio presupuestario, como con cargo a los créditos del servicio 50 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia adscrito a la sección presupuestaria del Ministerio de Juventud e Infancia, cuyo valor estimado sea igual o inferior a 500.000 euros, así como la aprobación y el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y los documentos contables correspondientes.
b) La celebración de convenios que puedan celebrarse al amparo de lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, incluida la aprobación y el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y los documentos contables correspondientes, por importe igual o inferior a 500.000 euros o cuando no exista ninguna aportación económica, tanto respecto de los créditos recogidos en su servicio presupuestario, como con cargo a los créditos del servicio 50 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia adscrito a la sección presupuestaria del Ministerio de Juventud e Infancia.
c) Los encargos a medios propios por importe inferior o igual a 500.000 euros, así como la aprobación y el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y los documentos contables correspondientes, tanto respecto de los créditos recogidos en su servicio presupuestario, como con cargo a los créditos del servicio 50 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia adscrito a la sección presupuestaria del Ministerio de Juventud e Infancia.
d) Todas las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Juventud e Infancia en materia de becas, subvenciones y ayudas públicas, así como la aprobación y el compromiso del gasto, el reconocimiento de la obligación y los documentos contables correspondientes, por importe igual o inferior a 500.000 euros, tanto respecto de los créditos recogidos en su servicio presupuestario, como con cargo a los créditos del servicio 50 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia adscrito a la sección presupuestaria del Ministerio de Juventud e Infancia.
e) El ejercicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a la persona titular de la Secretaría de Estado de Juventud e Infancia en materia de convocatorias anuales de subvenciones tramitadas con cargo a los créditos consignados en su servicio presupuestario, así como la aprobación y el compromiso del gasto.