Article 1Veda
1. Queda prorrogada por un nuevo periodo de tres años, hasta el 10 de julio de 2029, la veda establecida en el artículo 7, así como en el artículo 5.1, de la Orden de 21 de diciembre de 1999, por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell (Tarragona).
2. El periodo de veda señalado podrá, en su caso, ser prorrogado en función de la eficacia y utilidad de la veda.
Article 2Régimen sancionador
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden será sancionado conforme a lo previsto en el título X, sobre régimen sancionador, de la Ley 5/2023, de 17 de marzo, de pesca sostenible e investigación pesquera, siempre que no sea constitutivo de infracción en el ámbito de Marina Civil, conforme al título IV del libro tercero del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Provision final primeraTítulo competencial
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.19.ª de la Constitución, Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de pesca marítima.
Provision final segundaEntrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 4 de junio de 2026.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades. Análisis
ANÁLISIS
Rango: Orden Fecha de disposición: 04/06/2026 Fecha de publicación: 15/06/2026 Fecha de entrada en vigor: 16/06/2026 Referencias anteriores PRORROGA lo indicado de los arts. 7 y 5.1 de la Orden de 21 de diciembre de 1999 (Ref.
BOE-A-2000-398
). DE CONFORMIDAD con el art. 19.1 de la Ley 5/2023, de 17 de marzo (Ref.
BOE-A-2023-7052
). Materias Reservas Marinas Tarragona Veda de pesca subir Contactar Sobre la sede electrnica Mapa Aviso legal Accesibilidad Proteccin de datos Sistema Interno de Informacin Tutoriales Empleo en la AEBOE Agencia Estatal Boletn Oficial del Estado Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid