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Real Decreto 175 units

Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Real Decreto 2486/1998es-royal-decree-1998-11-20-2486Nov 20, 1998

Seguros agrarios combinados

  1. Preamble Preámbulo
  2. Article único
  3. Provision derogatoria única
  4. Provision final primera
  5. Provision final segunda
  6. Provision final tercera
  7. TÍTULO I. TITULO I
  8. Article 1 Objeto del presente Reglamento
  9. Article 2 Seguro privado
  10. Article 3 Ámbito objetivo
  11. TÍTULO II. TITULO II
  12. CAPÍTULO I. CAPITULO I
  13. Sección 1
  14. Article 4 Solicitud y autorización administrativa
  15. Article 5 Modificación de la documentación aportada
  16. Article 6 Efectos de la autorización. Entidades no autorizadas
  17. Article 7 Ampliación de actividad
  18. Article 8 Organizaciones y agrupaciones de entidades aseguradoras
  19. Sección 2
  20. Article 9 Denominación social
  21. Article 10 Domicilio social
  22. Sección 3
  23. Article 11 Normas aplicables
  24. Article 12 Estatutos
  25. Article 13 Derechos de los mutualistas
  26. Article 14 Obligaciones de los mutualistas
  27. Article 15 Órganos de gobierno
  28. Article 16 Composición y competencias de la Asamblea General
  29. Article 17 Adopción de acuerdos por la Asamblea General
  30. Article 18 Composición del Consejo de Administración
  31. Article 19 Competencias del Consejo de Administración
  32. Article 20 Limitaciones en la gestión
  33. Article 21 Normas supletorias para las mutuas a prima fija
  34. Article 22 Normas aplicables a las mutuas de seguros a prima variable
  35. Article 23 Normas aplicables a las cooperativas a prima fija y a prima variable
  36. Sección 4
  37. Article 24 Programa de actividades
  38. Article 25
  39. Article 26 Ejecución del programa de actividades
  40. Article 27 Capital social y fondo mutual
  41. Article 28 Socios
  42. Article 28 bis Cómputo de las participaciones significativas
  43. CAPÍTULO II. CAPITULO II
  44. Sección 1
  45. Article 29 Concepto y enumeración de la provisiones técnicas
  46. Article 30 Provisión de primas no consumidas
  47. Article 31 Provisión de riesgos en curso
  48. Article 32 Provisión de seguros de vida
  49. Article 33 Tipo de interés aplicable para el cálculo de la provisión de seguros de vida
  50. Article 34 Tablas de mortalidad, de supervivencia, de invalidez y de morbilidad
  51. Article 35 Gastos de administración
  52. Article 36 Rescates
  53. Article 37 Provisión de seguros de vida cuando el tomador asume el riesgo de la inversión y asimilados
  54. Article 38 Provisión de participación en beneficios y para extornos
  55. Article 39 Provisión de prestaciones
  56. Article 40 Provisión de prestaciones pendientes de liquidación o pago
  57. Article 41 Provisión de siniestros pendientes de declaración
  58. Article 42 Provisión de gastos internos de liquidación de siniestros
  59. Article 43 Métodos estadísticos de cálculo de la provisión de prestaciones
  60. Article 44 Provisión de siniestros pendientes de declaración en riesgos de manifestación diferida
  61. Article 45 Reserva de estabilización
  62. Article 46 Provisión del seguro de decesos
  63. Article 47 Provisión del seguro de enfermedad
  64. Article 48 Provisión de desviaciones en las operaciones de capitalización por sorteo
  65. Article 48 bis Provisión de gestión de riesgos derivados de la internacionalización asegurados por cuenta del Estado
  66. Article 48 ter Provisión de gestión de riesgos derivados de la adquisición por consumidores electrointensivos de energía eléctrica en los contratos a medio y largo plazo asegurados por cuenta del Estado
  67. Sección 2
  68. Article 49 Provisiones técnicas a cubrir
  69. Article 50 Bienes y derechos aptos para la inversión de las provisiones técnicas
  70. Article 51 Titularidad y situación de las inversiones
  71. Article 52 Valoración de las inversiones de las provisiones técnicas
  72. Article 52 bis Instrumentos derivados utilizables por las entidades aseguradoras
  73. Article 52 ter Instrumentos derivados contratados como inversión
  74. Article 52 quater Instrumentos derivados contratados con finalidad de cobertura
  75. Article 53 Límites de diversificación y dispersión
  76. Article 54 Inversiones cuyo riesgo de inversión sea a cargo del tomador
  77. Article 55 Reglas de congruencia a efectos de cobertura de provisiones técnicas
  78. Article 56 Cobertura consolidada de provisiones técnicas
  79. Article 57 Obligaciones de las entidades aseguradoras en caso de déficit en la cobertura de las provisiones técnicas
  80. Sección 3
  81. Article 58 Obligación de disponer del margen de solvencia
  82. Article 59 Patrimonio propio no comprometido
  83. Article 60 Patrimonio propio no comprometido de los grupos consolidables de entidades aseguradoras
  84. Article 61 Cuantía mínima del margen de solvencia en los seguros distintos del seguro de vida
  85. Article 62 Cuantía mínima del margen de solvencia en los seguros de vida
  86. Article 63 Fondo de garantía
  87. Sección 4
  88. Article 64 Contabilización de las operaciones de las entidades aseguradoras
  89. Article 65 Libros y registros contables de las entidades aseguradoras
  90. Article 66 Obligaciones contables de las entidades aseguradoras y deber de información
  91. Sección 5
  92. Article 67 Grupo consolidable de entidades aseguradoras
  93. Article 68 Auditoría de las cuentas anuales de entidades aseguradoras
  94. Article 69 Influencia notable
  95. Sección 6
  96. Article 70 Cesión de cartera
  97. Sección 7
  98. Article 71 Transformación de entidades aseguradoras
  99. Article 72 Fusión de entidades aseguradoras
  100. Article 73 Escisión de entidades aseguradoras
  101. Article 74 Agrupaciones de interés económico y uniones temporales de empresas
  102. Sección 8
  103. Article 75 Estatutos
  104. Article 76 Pólizas y tarifas de primas
  105. Article 77 Normas generales sobre bases técnicas
  106. Article 78 Peculiaridades de las bases técnicas en los seguros de vida
  107. Article 79 Peculiaridades de las bases técnicas de los seguros de decesos
  108. Article 80 Peculiaridades de las bases técnicas de los seguros de enfermedad
  109. CAPÍTULO III. CAPITULO III
  110. Sección 1
  111. Article 81 Causas de la revocación
  112. Sección 2
  113. Article 82 Causas de disolución
  114. Article 83 Publicidad del acuerdo de disolución
  115. Sección 3
  116. Article 84 Vencimiento anticipado de los contratos de seguro
  117. Article 85 Cesión de oficio de la cartera de seguros en la liquidación
  118. Article 86 Requisitos de los liquidadores
  119. Article 87 Documentación a remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones por los administradores y por los liquidadores
  120. Article 88 Deber de colaboración de los antiguos administradores y gestores
  121. Article 89 Finalización de las operaciones de liquidación
  122. Sección 4
  123. Article 90 Intervención administrativa de las entidades aseguradoras
  124. Article 91 Intervención en la liquidación
  125. Article 92 Intervención para garantizar el correcto cumplimiento de las medidas de control especial
  126. Sección 5
  127. Article 93 Infracciones muy graves
  128. Article 94 Infracciones graves
  129. Article 95 Fondos propios a efectos de la imposición de sanciones
  130. Article 96 Competencias administrativas en materia sancionadora
  131. CAPÍTULO IV. CAPITULO IV
  132. Sección 1
  133. Article 97 Cesión de cartera
  134. Article 98 Deber de información al Ministerio de Economía y Hacienda
  135. Article 99 Remisión general
  136. Sección 2
  137. Article 100 Establecimiento de sucursales
  138. Article 101 Inspección de sucursales de entidades aseguradoras españolas establecidas en otro Estado miembro del espacio económico europeo
  139. Sección 3
  140. Article 102 Actividades en régimen de libre prestación de servicios
  141. CAPÍTULO V. CAPITULO V
  142. Article 103 Entidades reaseguradoras
  143. CAPÍTULO VI. CAPITULO VI
  144. Article 104 Deber general de información al tomador
  145. Article 105 Deber particular de información en el caso de los seguros sobre la vida
  146. Article 105 bis Deber particular de información en el caso de seguros de decesos
  147. Article 106 Seguros colectivos
  148. Article 107 Constancia de la recepción de la información
  149. Article 108 Protección administrativa
  150. Article 109 Defensor del asegurado y arbitraje
  151. CAPÍTULO VII. CAPITULO VII
  152. Sección 1
  153. Article 110 Control interno de las entidades aseguradoras
  154. Article 110 bis Control de la política de inversiones
  155. Article 111 Publicidad
  156. Sección 2
  157. Article 112 Iniciación de las actuaciones inspectoras
  158. Article 113 Funcionarios participantes en las actuaciones inspectoras
  159. Article 114 Desarrollo de las actuaciones inspectoras
  160. Article 115 Excusa, negativa o resistencia a la actuación inspectora
  161. Article 116 Diligencias
  162. Article 117 Formalización del acta de inspección
  163. Article 118 Terminación de las actuaciones inspectoras
  164. Article 119 Deber de comunicación
  165. Sección 3
  166. Article 120 Junta Consultiva de Seguros
  167. Sección 4
  168. Article 121 Registros administrativos
  169. Article 122 Registro administrativo de entidades aseguradoras y reaseguradoras
  170. Article 123 Registro administrativo de los altos cargos de entidades aseguradoras y reaseguradoras
  171. Article 124 Registro administrativo especial de corredores de seguros, de sociedades de correduría de seguros y sus altos cargos
  172. Article 125
  173. Article 126 Cancelación de la inscripción de las sanciones impuestas
  174. Article 127 Inscripción de las medidas de control especial
  175. TÍTULO III. TITULO III
  176. CAPÍTULO I. CAPITULO I
  177. Sección 1
  178. Article 128 Ordenación y supervisión de entidades aseguradoras autorizadas
  179. Article 129 Cesión de cartera
  180. Article 130 Deber de información al tomador del seguro
  181. Article 131 Actuaciones inspectoras sobre la presencia permanente de las entidades aseguradoras
  182. Sección 2
  183. Article 132 Determinación de las condiciones de ejercicio
  184. Article 133 Supervisión por la Dirección General de Seguros de sucursales en España de entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del espacio económico europeo
  185. Sección 3
  186. Article 134 Inicio y modificación de actividad
  187. Article 135 Representante a efectos fiscales
  188. CAPÍTULO II. CAPITULO II
  189. Sección 1
  190. Article 136 Establecimiento de sucursales
  191. Article 137 Condiciones para el ejercicio de la actividad aseguradora
  192. Sección 2
  193. Article 138 Establecimiento de sucursales
  194. Article 139 Procedimiento de autorización
  195. Article 140 Condiciones de ejercicio
  196. Provision adicional primera Ficheros
  197. Provision adicional segunda Prácticas abusivas
  198. Provision adicional tercera Dotación de las provisiones técnicas. Cuantía mínima
  199. Provision adicional cuarta Seguros Agrarios Combinados
  200. Provision adicional quinta Cuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil como riesgo accesorio
  201. Provision adicional sexta Mutualidades de previsión social
  202. Provision adicional septima Derecho de información de los perjudicados de accidentes de circulación de vehículos a motor
  203. Provision adicional octava Autorización a la Dirección General de Seguros para la celebración de acuerdos con otras autoridades de supervisión de la Unión Europea, relativos al ejercicio de la supervisión adicional
  204. Provision adicional novena Información que debe suministrar la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones a las autoridades de supervisión de la Unión Europea
  205. Provision adicional decima Adaptación a la terminología del Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras
  206. Provision transitoria primera Provisión de riesgos en curso
  207. Provision transitoria segunda Seguros de vida
  208. Provision transitoria tercera Seguro de decesos
  209. Provision transitoria cuarta Límites de diversificación y dispersión
  210. Provision transitoria quinta Minusvalías a deducir en el cómputo del patrimonio propio no comprometido
  211. Provision transitoria sexta Seguro de crédito
  212. Provision transitoria septima Adaptación de los estatutos sociales
  213. Provision transitoria octava Deber de información en las pólizas de seguros
  214. Provision transitoria novena Adaptación de bases técnicas
  215. Provision transitoria decima Mutualidades de previsión social
  216. Provision transitoria undecima Dotación a la provisión del Seguro de decesos