Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.
Article 5Competencia sobre las resoluciones
In force · version of Jun 26, 2022
Artículo 5. Competencia sobre las resoluciones.
1. Corresponderá al titular de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad, las resoluciones sobre las solicitudes objeto del reglamento.
2. La Subdirección General de Comercio Internacional de Material de Defensa y Doble Uso tramitará las solicitudes referidas en este reglamento.