Real Decreto 384/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles.
Article 6Publicidad
In force · version of Jun 25, 2024
Artículo 6. Publicidad.
1. El Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles es un registro público, accesible a aquellas personas que acrediten un interés legítimo. La publicidad se realizará mediante certificación de los datos inscritos, que constarán en soporte informático.
2. La autoridad registral emitirá los siguientes certificados:
a) Certificado de titularidad.
b) Certificado de flota.
c) Certificado sobre la historia registral de una aeronave