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Real Decreto 34 units

Real Decreto 983/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

Real Decreto 983/2015es-royal-decree-2015-10-30-983Nov 26, 2015

Títulos académicos y profesionales

  1. Preamble Preámbulo Modified
  2. Article 1 Objeto Modified
  3. Article 2 Identificación de los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas Modified
  4. Article 3 Organización de las enseñanzas conducentes a los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas Modified
  5. Article 4 Especializaciones de los títulos de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Bravas, y de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas Modified
  6. Article 5 Perfil profesional del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas Modified
  7. Article 6 Competencia general del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas Modified
  8. Article 7 Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas Modified
  9. Article 8 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas Modified
  10. Article 9 Perfil profesional del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas tranquilas Modified
  11. Article 10 Competencia general del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas tranquilas Modified
  12. Article 11 Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas tranquilas Modified
  13. Article 12 Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas tranquilas Modified
  14. Article 13 Estructura de los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, y grado superior en piragüismo de aguas tranquilas Modified
  15. Article 14 Ratio profesor/alumno Modified
  16. Article 15 Módulo de formación práctica Modified
  17. Article 16 Determinación del currículo Modified
  18. Article 17 Espacios y equipamientos deportivos Modified
  19. Article 18 Requisitos generales de acceso a los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, y grado superior en piragüismo de aguas tranquilas Modified
  20. Article 19 Requisitos de acceso a los ciclos de grado superior en piragüismo de aguas bravas, y grado superior en piragüismo de aguas tranquilas para personas sin el título Bachiller Modified
  21. Article 20 Requisitos de titulación del profesorado en centros públicos dependientes de las Administraciones educativas Modified
  22. Article 21 Requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de Administraciones distintas a la educativa Modified
  23. Article 22 Acceso a otros estudios Modified
  24. Article 23 Convalidación de estas enseñanzas Modified
  25. Article 24 Exención del módulo de formación práctica Modified
  26. Article 25 Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente Modified
  27. Provision adicional primera Referencia del título en el marco europeo Modified
  28. Provision adicional segunda Oferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva de los presentes títulos Modified
  29. Provision adicional tercera Referencias genéricas Modified
  30. Provision derogatoria única Derogación de normas Modified
  31. Provision final primera Título competencial Modified
  32. Provision final segunda Implantación del Título Modified
  33. Provision final tercera Autorización para el desarrollo Modified
  34. Provision final cuarta Entrada en vigor Modified