Real Decreto 470/2024, de 7 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades relacionadas con la investigación y el conocimiento.
Article 4Entidades beneficiarias y objetivo de las subvenciones
Serán beneficiarias de subvenciones para su funcionamiento las siguientes entidades, con los objetivos indicados a continuación:
a) Institut d’Estudis Catalans, para gastos de funcionamiento.
b) Real Academia de la Lengua Vasca, «Euskaltzaindia», para gastos de funcionamiento.
c) Sociedad de Estudios Vascos-Eusko Ikaskuntza, para gastos de funcionamiento.
d) Real Academia Galega, para gastos de funcionamiento.
e) Sociedad de Ciencias Aranzadi, para gastos de funcionamiento.
f) Jakiunde (Academia de las Ciencias, de las Artes y de las Letras del País Vasco), para gastos de funcionamiento.
g) Institut d’Estudis Aranesi-Acadèmia Aranesa dera Lengua Occitana, para gastos de funcionamiento.
h) Academia de la Llingua Asturiana, para gastos de funcionamiento.
i) Iura Vasconiae (Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia), para gastos de funcionamiento.