Real Decreto 564/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España.
Article 39
In force · version of Jul 3, 2024
Artículo 39. Régimen disciplinario.
El Colegio ejerce las funciones disciplinarias para la corrección y prevención de las infracciones de los deberes colegiales y de la deontología profesional que cometieren las personas colegiadas y, en su caso, las Sociedades Profesionales.
En virtud de la colegiación, las personas colegiadas y las Sociedades Profesionales aceptan someterse al régimen disciplinario del Colegio.