Decreto de 4 de febrero de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Epizootias.
Article 166
In force · version of Jan 2, 2024
Artículo 166.
La Dirección General de Ganadería autorizará la apertura de los Centros de aprovechamiento de cadáveres de animales, fiscalizará rigurosamente el funcionamiento de estos establecimientos, a cuyo efecto abrirá el registro correspondiente y vigilará por sus Servicios Técnicos veterinarios las operaciones de obtención de los productos fabricados en los mismos.