Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.
Article 36
In force · version of Jul 28, 2026
Art. 36.
La jefatura de los Servicios del Tribunal corresponderá al letrado o funcionario del subgrupo A1 de las Administraciones Públicas que designe el Presidente, de entre los adscritos al servicio del Tribunal o previa convocatoria para la provisión del puesto de que se trate de conformidad con las previsiones de este Reglamento.
Se añade por el art. único.6 del Acuerdo de 11 de julio de 2014 . Ref. BOE-A-2014-7407.
Se deroga por el art. 1.15 del Acuerdo de 19 de diciembre de 2002. Ref. BOE-A-2002-25041.